sábado, 3 de octubre de 2009

DERECHOS DEL CIUDADANO

Articulo 2º. Toda persona tiene derecho:
Inciso 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual y asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confeciones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.

"Este articulo respecto a la libertad de conciencia, constituye una de las columnas de la democracia y de la realización de la persona con identidad singular. La libertad de conciencia se convierte en igualdad en la libertad gracias a la laicidad que, al mismo tiempo, es la única garantia realmente eficaz del derecho de libertas ideologica y religiosa, fuente inagotable de la democracia".

NORMAS LEGALES

DECRETO DE URGENCIA

D.U. Nº 094-2009
Decreto de Uregencia que aprueba las disposiciones iniciales para viabilizar y facilitar la intervención integral de los Programas Sociales y otras Entidades en la Zona del VRAE.
03.10.09

NORMAS LEGALES

DECRETO DE URGENCIA

DECRETO DE URGENCIA Nº 095-2009
Otorgan compensación pecuniaria extraordinaria a favor de los beneficiarios del personal de la Polocia Nacional del Perú fallecido, en cumplimiento de su deber en la ciudad de la Oroya - Hunacayo.
03.10.09

NORMAS LEGALES

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 29416
Ley que declara a la provinvia de Tarata, departamento de Tacna, ejemplo de patriotismo.
03.10.09

miércoles, 16 de septiembre de 2009

DERECHOS DEL CIUDADANO PERUANO

"CONOCE TUS DERECHOS COMO CIUDADANO Y HAZ QUE SE RESPETEN... "

¿QUÉ SIGNIFICA SER CIUDADANO?

Ser ciudadano significa ejercer los derechos políticos reconocidos por la Costitución Politica del Perú.
Para ser ciudadano peruano es necesario inscribirse en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y obtener el Documento Nacional de Identidad (DNI).
El DNI es el único documento que acredita la ciudadanía peruana.

¿CUALES SON NUEST
ROS DERECHOS COMO CIUDADANOS?
Son aquellos que estan señalados en nuestra Constitución Politica.
Nombraremos algunos de ellos y comentaremos sobre ellos.



TÍTULO I
DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD
CAPÍTULO I
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PEROSONA


Artículo 1º.
La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

"El presente articulo tiene por objeto establecer el marco normativo, institucional y de politicas públicas en los ambitos nacional, regional y local; garantizar tanto a mujeres como hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia, impidiendo la discrminación en todos los ambitos de su vida tanto pública como privada, propendiendo a la plena igualdad entre hombres y mujeres."
Esta noción de igualdad implica reconocer que la personas (mujeres y hombres) son iguales en humanidad, pero no identicas en lo biológico o en las condiciones materiales en las que vive, lo que permite un trato diferenciado cuando las circunstancias lo ameriten.

Artículo 2º. Toda persona tiene derecho:
Inciso 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición economica o de cualquier otra indole.

"Para efectos del presente artículo, se entiende por discriminación cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado dañar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona o independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre la mujer y el hombre."

NORMAS LEGALES

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

RESOLUCIÓN DIRECTORIAL Nº 1328/INC
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Puno, Ayacucho y Arequipa.
2009.09.16

NORMAS LEGALES

PODER EJECUTIVO

SECTOR DE ENERGIA Y MINAS

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 379-2009-MED/DM
Otrogan concesión temporal a empresa para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energia eléctrica en el departamento de Arequipa.
2009.09.16